sábado, 30 de marzo de 2013

El Consejo de Educación, órgano con rango constitucional y democrático


El Consejo de Educación, órgano representativo, democrático y de rango constitucional 

Profundizar el protagonismo en la Educación chaqueña 

Desde el Consejo de Educación se recuerda la profunda raíz constitucional y democrática que avalan el trabajo de este cuerpo colegiado, contemplados en la Constitución Provincial, y la ley provincial de Educación 6691 y la ley 4319 del Consejo de Educación. 


Constitución de la Provincia Chaco

Gobierno de la educación
Art. 81. - El Estado provincial ejerce el gobierno de la educación y a tal fin organiza, administra y fiscaliza el sistema educativo con centralización política y normativa y descentralización operativo de acuerdo con el principio democrático de participación.
El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología elabora y ejecuta la política educativa, asistido por un Consejo de Educación, cuyas funciones serán las de participar en la fijación de las políticas técnico educativas; del curriculum; en la planificación, evaluación y control de gestión del sistema educativo; en la elaboración de estadísticas; del proyecto de presupuesto y en la creación, recategorización, traslado y cierre de establecimientos educativos.

El Consejo de Educación, según lo determine la ley, estará integrado por: Docentes designados por el Poder Ejecutivo, hasta la mitad más uno de sus miembros, docentes en actividad, por elección directa de sus pares, respetando las minorías; otros representantes vinculados con la educación.
Las políticas educativas deberán respetar los principios y objetivos de la Constitución nacional y de esta Constitución; garantizarán la libertad de enseñar y aprender; la responsabilidad indelegable del Estado: la gratuidad de la enseñanza de gestión estatal; la participación de la familia y de la sociedad; la promoción de los valores democráticos y humanísticos; la igualdad de oportunidades y posibilidades, sin discriminación alguna, que aseguren el acceso y permanencia del educando en el sistema; la promoción del desarrollo humano y del crecimiento científico y tecnológico de la Provincia, con vistas a la integración regional y nacional.-

TÍTULO I
ARTÍCULO 11: El órgano de contralor del cumplimiento de la presente ley será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en concurrencia con el Consejo de Educación, de acuerdo con lo que prescribe el artículo 81 de la Constitución Provincial 1957-1994.
ARTÍCULO 13: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, asistido por el
Consejo de Educación, fijará la normativa necesaria para garantizar:
a) La creación de gabinetes interdisciplinarios, de acuerdo con la matrícula de escuela, zona y modalidad.
b) Infraestructura, personal de servicio y de cocina responsable del servicio de comedor, supervisados por los Consejos Escolares o Cooperadoras, en las escuelas que lo requieran y estén dadas las condiciones.
c) Cargos de docentes de apoyo a la integración en escuelas con alumnos integrados o incluidos.
d) Espacios específicos para alumnos con sobre-edad y en  el marco de la ley 5.960 -Programa de Acompañamiento Personalizado.

TÍTULO V
ARTÍCULO 131: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, asistido por el Consejo de Educación, fijará, garantizará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización y otras formas de discriminación, derivadas de factores socioeconómicos, culturales, geográficos, étnicos, de género o de cualquier otra índole, que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación, priorizando a las unidades educativas de los distintos niveles y modalidades que albergan o pueden albergar a estos sectores.
Capítulo I-  Disposiciones Generales
ARTÍCULO 135: Para asegurar la buena calidad de la educación, la cohesión, la integración y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, asistido por el Consejo de Educación y representantes de las modalidades, orientaciones y servicios técnicos deberá:
a) Definir estructuras y contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizajes prioritarios en todos los niveles de la escolaridad obligatoria.
b) Establecer mecanismos de renovación periódica total o parcial de dichos contenidos curriculares comunes.
c) Asegurar el mejoramiento de la formación inicial y continua de los docentes como factor clave de la calidad de la educación.
d) Implementar una política de evaluación concebida como instrumento de mejora de la calidad de la educación.
e) Estimular procesos de innovación, investigación y experimentación educativa.
f) Dotar a todas las escuelas de los recursos materiales necesarios para garantizar una educación de calidad, priorizando aquéllas que atienden a alumnos/as en situaciones sociales más desfavorecidas.

Capítulo II - Disposiciones Específicas
ARTÍCULO 139: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, asistido por el Consejo de Educación, dispondrá las medidas necesarias para implementar la educación ambiental en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la protección de la diversidad biológica, que propendan a la preservación de los recursos naturales, a su utilización sostenible y a mejorar la calidad de vida de la población.

Capítulo III- Información y Evaluación sistema educativo
ARTÍCULO 145: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología con la
asistencia del Consejo de Educación, establecerá, en el marco de los acuerdos  federales, el sistema de evaluación y control de gestión de los procesos educativos y de sus resultados.
Comprenderá el funcionamiento del sistema educativo, en sus aspectos de: política educativa, planeamiento, organización y gestión técnico-administrativa y la dimensión pedagógica. Se instrumentará un sistema de información para guiar la toma de decisiones de la política educativa.

TÍTULO VIII
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 151: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología es el órgano del Poder Ejecutivo responsable del gobierno y administración de la educación, de elaborar y ejecutar la política educativa, asistido por el Consejo de Educación, conforme lo establece el artículo 81 de la Constitución Provincial 1957-1994.

CAPÍTULO III
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN
ARTÍCULO 156: El Consejo de Educación constituye una instancia participativa, pluralista y representativa de los sectores sociales vinculados a la educación, cuyas funciones son determinadas por el artículo 81 de la Constitución Provincial 1957-1994 y por la ley 4319 y sus modificatorias

CAPÍTULO V
LA INSTITUCIÓN Y LA COMUNIDAD EDUCATIVA
ARTÍCULO 164: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, asistido por el Consejo de Educación fijará las resoluciones necesarias que dispongan la organización de las instituciones educativas, de acuerdo con los siguientes criterios generales, que se adecuarán a los niveles, modalidades y servicios educativos:
a) Definir su proyecto educativo institucional.
b) Promover modos de organización institucional que garanticen dinámicas
democráticas de convocatoria y participación de los/as alumnos/as en la experiencia escolar.
c) Adoptar el principio de no discriminación en el acceso y trayectoria educativa de los alumnos/as.
d) Brindar a los equipos docentes la posibilidad de contar con espacios institucionales destinados a elaborar sus proyectos educativos comunes
e) Promover la creación de espacios de articulación entre las instituciones del mismo nivel educativo y de distintos niveles educativos de una misma zona.
f) Contar con la provisión de servicios sociales, psicológicos, psicopedagógicos y médicos que garanticen condiciones adecuadas para el aprendizaje.
g) Desarrollar procesos de auto-evaluación institucional con el propósito de revisar las prácticas pedagógicas y de gestión.
h) Realizar adecuaciones curriculares, en el marco de los lineamientos curriculares provinciales y nacionales, para responder a las particularidades y necesidades del alumnado y su contexto.
i) Elaborar el acuerdo de convivencia.
j) Desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución pacífica de conflictos para lo cual se contará con gabinetes de mediación escolar, en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
k) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
l) Mantener vínculos regulares y sistemáticos con el medio local.
m) Desarrollar actividades de extensión y promover la creación de redes que fortalezcan la cohesión comunitaria e intervengan frente a la diversidad de situaciones que presenten los alumnos y sus familias.
n) Incentivar la participación de la comunidad a través de la cooperación escolar y asociación amigos de la biblioteca en todos los establecimientos educativos.
ñ) Favorecer el uso de las instalaciones escolares para actividades recreativas, expresivas y comunitarias, en el marco del proyecto educativo institucional.
o) Promover experiencias educativas fuera del ámbito escolar, con el fin de permitir a los estudiantes conocer la cultura regional, provincial y nacional.
p) Propiciar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y naturales

TÍTULO X
FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACIÓN
ARTÍCULO 184: Los recursos adicionales, que puedan provenir de fuentes financieras, de la producción de bienes y servicios de las unidades educativas y cualquier otro aporte no previsto en la presente ley, deberán canalizarse, prioritariamente, en tanto existan desequilibrios, a expandir y mejorar los servicios educativos y a desarrollar programas compensatorios que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades.
Las Unidades Educativas que produzcan bienes y servicios tendrán como ente regulador al Consejo Escolar de la misma, conforme lo fije la normativa específica y la reglamentación.





Reuniones de Presidencia


EL CONSEJO DE EDUCACIÓN ENCAMINA IMPORTANTES ACCIONES EN ARTICULACIÓN PARA 2013


  La Presidenta del Consejo de Educación, Prof. Griselda Galeano, concretó el pasado martes 26 de marzo en horas de la mañana dos importantes reuniones.
   En primer lugar visitó el Ministerio de Desarrollo Social y DDHH, donde se entrevistó con la Subsecretaria de Mujer, adolescencia y familia, Srta. Mariela Dolce, y con quien acordó la posibilidad de articular, entre esa dependencia y el Consejo de Educación, una serie de actividades, a partir del tratamiento de temas en común, como ser: Trabajo Infantil, Trata de personas, Género e igualdad de oportunidades.
  Además, la Prof. Galeano puso en conocimiento de la Subsecretaria Dolce que en el Cuerpo que preside existen proyectos aprobados y resoluciones sobre algunos de los temas mencionados. Por su parte Dolce brindó una explicación de la estructura y la organización desde la cual trabajan en el área en todo el territorio de la provincia, determinando que los cuatro  brazos con los que llega a la ejecución de las políticas son: Seguridad, Salud, Educación y Municipios.
  Por tal motivo celebró la presencia del Consejo de Educación, por cuanto a partir de ahora, y en articulación permanente, a través de la integración de los cuerpos de trabajo, todos los programas así como las acciones que planifique el Consejo tendrán mayor impacto en sus destinatarios.
La Presidenta del Consejo de Educación desarrolló una amplia agenda de trabajo con la Subsecretaria de la Mujer, adolescencia y familia Mariela Dolce. 


 Por una nueva Ley del Consejo de Educación 

La Presidenta del Consejo de Educación se reunión con el Presidente de
la legislatura chaqueña Lic. Eduardo Aguilar
  En segundo lugar, la Profesora Griselda Galeano se reunió con el Lic. Eduardo Aguilar, Presidente de la Cámara de Diputados a fin de manifestarle su intención y la del Cuerpo que preside, de avanzar en la elaboración de una nueva Ley del Consejo de Educación, en el marco de la Nueva Ley de Educación N 6691.
  Si bien  el proceso de renovación de la citada Ley se inició en 2011,  en 2012 debió suspender su continuación, debido a   la demanda de asistencia a los Foros y Congresos Educativos realizados en  toda la provincia con vistas a  sumar aportes para los Nuevos Diseños Curriculares.
  Por su parte, el Presidente de la Cámara, luego de escuchar los fundamentos de la Profesora Galeano sobre la necesidad de reemplazar a la actual Ley del Consejo  Nº 4319 por cuanto ésta responde a la concepción de la Ley Federal de Educación, manifestó su agrado y compromiso para avanzar con esta iniciativa en 2013, la cual consideró propicia y necesaria.

Distinción al libro "Un viaje Inesperado"


Declarado de interés educativo y cultural 
El libro Un viaje inesperado de Gabriel Perino



El pasado martes 26 de marzo de 2013, en las oficinas del Consejo de Educación en un sencillo acto  se hizo entrega al Sr. Gabriel Perino del Proyecto de Declaración de Interés Educativo y Cultural de la publicación del libro de su autoría, Un viaje inesperado.
Estuvieron presentes el Sr. Danilo Vargas, Presidente del Concejo Municipal de la localidad de Colonia Benitez y el Prof. Alcides Cardozo, ilustrador del libro mencionado.
  Por el Consejo de Educación, presidió el acto la Presidenta, Profesora  Griselda Galeano acompañada por las vocales Profesoras Perla Baldani, Graciela Centurión y Zelma Sánchez Zaín.

  Dicho proyecto de Declaración había sido aprobado por unanimidad en una Sesión Ordinaria del año 2012.
  Entre los considerandos del mismo, se destaca el valor que encierra Un viaje inesperado por cuanto las aventuras que protagonizan los personajes en distintos escenarios de nuestra provincia, transmiten valores como el cuidado del medio ambiente, la solidaridad y la amistad, escritas dichas aventuras con un lenguaje sencillo, entretenido y donde aparecen distintas especies de nuestra fauna .

  Como expresara la Presidenta del Consejo, Prof. Griselda Galeano, dicho libro constituye una herramienta valiosa para ser compartida en las aulas de las escuelas primarias de nuestra provincia en el marco del cumplimiento de la Resolución Nº 2183, sobre implementación de la lectura en voz alta a diario.

lunes, 25 de marzo de 2013

 24 de Marzo- No debemos olvidar

El Consejo de Educación rinde un cálido homenaje a todos los luchadores populares, en especial docentes, alumnos, administrativos y profesores que en defensa del derecho social a la educación, dieron su vida, perseguidos, presos, torturados, y muertos en la noche más negra de la historia argentina. 

jueves, 7 de marzo de 2013

Diseños curriculares

2013: Se implementan los nuevos          

Diseños curriculares en el Aula 



 

Inicial

Primaria
Educación Primaria

Secundaria
Educación Secundaria

Muerte del Presidente Chavez

  PESAR POR LA MUERTE DEL PRESIDENTE CHAVEZ

 

El Consejo de Educación lamenta con profundo pesar el fallecimiento del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez. Fue uno de los íconos de la Patria Grande que impulsó, junto a intelectuales, mandatarios y el pueblo de Latinoamérica; los principios de unidad y solidaridad como ejes de las relaciones entre los países del Sur.
 
  Su apego a las ideas de los Libertadores de América, en especial, Simón Bolívar marcaron la política de gobierno de Chávez favoreciendo el desarrollo social a partir la industrialización nacional y la protección de los sectores más vulnerables. De acuerdo a la CEPAL, Venezuela es el país que más disminuyó la desigualdad en la última década en toda Sudamérica.
De la misma manera, el nombre de Hugo Chávez queda inscrito en la política exterior latinoamericana como artífice en la creación de nuevos mecanismos regionales, sin los paternalismos de las grandes potencias que caracterizaron la vida de las organizaciones internacionales hasta antes de la caída del muro de Berlín.
La Unión Sudamericana de Naciones, la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América y el ingreso de Venezuela al Mercosur, dan cuenta de la visión de la Patria Grande del mandatario bolivariano. 
En educación plnateó una verdadera revolución sacando a millones de pobres del analfabetismo, e inculcando los ideales del Pedagogo Simón Rodriguéz, maestro formador de Simón Bolivar, orientando la educación popular, para reinvidicar la historia grande de nuestros pueblos, y rescatar la cultura y valores de los pueblos originarios. 
América del Sur llora la pérdida de Hugo Chávez pero su legado será defendido no sólo por el pueblo venezolano, sino por toda la Patria Grande.
Hugo Chávez, en la memoria de Latinoamérica.

 

miércoles, 6 de marzo de 2013

Día Internacional de la Mujer

8 de Marzo

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER 

El Consejo de Educación de la Provincia del Chaco brinda un caluroso saludo a todas las mujeres en su día, instándolas a continuar luchando para equiparar derechos, y ocupar todos y cada uno de los espacios en nuestra sociedad, en igualdad. 

 "Cada mujer y cada niña es un ser humano único y valioso, que tiene derecho a la igualdad de oportunidades y a la vigencia de los derechos humanos universalmente aprobados independientemente de donde haya nacido y donde viva".